Dentro de las Zonas Francas existen Usuarios Industriales de Bienes y/o Servicios y Usuarios Comerciales, que también dependen de la modalidad de Zona Franca a la que pretendan acceder, en las Zonas Francas Permanentes pueden calificarse todas las clases de usuarios mencionados, a diferencia de las Zonas Francas Permanentes Especiales donde solamente se califica un único Usuario Industrial de Bienes y/o Servicios (usuario que es a su vez quien solicita la declaratoria de Zona Franca Permanente Especial y quien cumple los requisitos de inversión y empleo señalados previamente) y no se pueden calificar a Usuarios Comerciales. Para mayor detalle se sugiere consultar el artículo 3 de la Ley 1004 de 2005, donde se encuentran las definiciones de los usuarios que pueden instalarse en una Zona Franca.
En esta medida, las personas jurídicas que planeen instalarse como usuarios dentro de una Zona Franca Permanente deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 80 del Decreto 2147 de 2016, entre los principales se encuentran:
Ser persona jurídica, indicar la razón y objeto social, domicilio, número de Registro Único Tributario, representantes legales y suplentes.
-Presentar certificado de existencia y representación legal.
-Descripción del proyecto a desarrollar.
-Estudio de factibilidad financiera y económica del proyecto, que demuestre su solidez y capacidad para desarrollar las actividades señaladas en su objeto social. Adicionalmente, se tienen los siguientes requerimientos en materia de inversión y empleo:
1. Tratándose de personas jurídicas que acrediten activos totales inferiores a 500 smmlv no se exigirán requisitos en materia de nueva inversión y generación de empleo.
2. Tratándose de personas jurídicas que acrediten activos totales entre 500 smmlv y 5.000 smmlv, compromiso de generar mínimo 20 nuevos empleos directos y formales a la puesta en marcha del proyecto.
3. Tratándose de personas jurídicas que acrediten activos totales entre 5.001 smmlv y 30.000 smmlv, compromiso de realizar una nueva inversión por 5.000 smmlv dentro de los tres (3) años siguientes a la calificación y de generar mínimo 30 nuevos empleos directos y formales a la puesta en marcha del proyecto.
4. Tratándose de personas jurídicas que acrediten activos totales por un monto superior a 30.000 smmlv, compromiso de realizar una nueva inversión por 11.500 smmlv dentro de los tres (3) años siguientes a la calificación y de generar mínimo 50 nuevos empleos directos y formales a la puesta en marcha del proyecto.