1. Dentro del régimen de zonas francas se establecen unas modalidades, a saber:

    Zonas Francas Permanentes –ZFP, Zonas Francas Permanentes Especiales –ZFPE y Zonas Francas Transitorias (Art. 3 Decreto 2147 de 2016). 

    En la ZFP o Multiempresariales se instalan varias empresas para desarrollar actividades industriales, comerciales o de servicios, en la ZFPE o Uniempresarial se instala un único usuario industrial calificado.  

     

    Y las Zonas Francas Transitorias que es el área delimitada del territorio nacional donde se celebran ferias, exposiciones, congresos y seminarios de carácter nacional o internacional que revistan importancia para la economía y/o el comercio internacional.