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A través de esta norma se actualizan los distintos requisitos, incluyendo a los importadores.
 


Se actualizan procedimientos para el fortalecimiento de la vigilancia en el mercado y un mejor control de los productos cosméticos.

 
Bogotá D.C., 15 de marzo de 2021.- Desde el primero de marzo, los países de la Comunidad Andina (CAN) -Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú- pusieron en vigencia la Decisión 833 sobre “Armonización de legislaciones en materia de productos cosméticos”, norma que regula la producción, comercialización e importación de los producto cosméticos en la subregión andina. 

A través de esta norma se actualizan los distintos requisitos, incluyendo a los importadores, en el cumplimiento de las buenas prácticas de almacenamiento y ampliando la lista indicativa de productos como geles antibacteriales y paños húmedos.

Además, se renuevan procedimientos para el fortalecimiento de la vigilancia en el mercado y un mejor control de los productos cosméticos, al tiempo que aclara aspectos para una mejor interpretación e implementación, logrando así tener disposiciones acordes con la realidad de las empresas y de las autoridades sanitarias de los países miembros.

Con esto, se logra una reducción en tiempo y costos operacionales, eliminando requisitos innecesarios al comercio y emitiendo renovaciones sin mayor trámite.

Se sigue así apoyando a la industria en la reactivación económica, facilitando el comercio en la región.