Fecha de publicación: 22 de noviembre de 2019

 

LA DIRECTORA DE ANÁLISIS SECTORIAL Y PROMOCIÓN, 
en calidad de secretaria técnica del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo,
 
INFORMA:

Una vez surtida la etapa de revisión de la documentación aportada por los gremios que se inscribieron para postularse a la elección de los representantes de las organizaciones gremiales para integrar el Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo – FONTUR, los resultados fueron los siguientes:

ORGANIZACIÓN GREMIAL  RESULTADO 
 Asociación Hotelera y Turística de Colombia -     COTELCO CUMPLE
 Asociación Colombia de Atracciones y Parques de   Diversiones - ACOLAP CUMPLE
 Asociación Colombia de Agencias de Viajes y Turismo –   ANATO CUMPLE
 Asociación Colombia de la Industria Gastronómica - Acodrés CUMPLE
 Asociación de transporte Aéreo en Colombia - ATAC CUMPLE
 Asociación Colombia de la Industria de Ferias, Congresos y   Convenciones y Actividades a Fines – Aifec NO CUMPLE
 Federación Nacional de Comerciantes – FENALCO NO CUMPLE
 Asociación para el Desarrollo Integral del Transporte   Terrestre Intermunicipal - ADITT NO CUMPLE
 Confederación de la Industria Turística de Colombia -   CONFETUR NO CUMPLE


El presente comunicado se emite en cumplimiento de los principios de la Administración Pública. 

Dado en Bogotá, el veintidós (22) de noviembre de 2019.
 

KAROL FAJARDO MARIÑO
Secretaria Técnica del Comité Directivo de FONTUR

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Fecha de publicación: 21 de noviembre de 2019
 

LA DIRECTORA DE ANÁLISIS SECTORIAL Y PROMOCIÓN,
 en calidad de secretaria técnica del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo,
 
CONVOCA:

A los representantes de las organizaciones gremiales de aportantes de la contribución parafiscal para que asistan a la reunión de elección que se realizará el día veintiséis (26) de noviembre de 2019 en las instalaciones del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en la Calle 28 No. 13 A – 15, piso 7.

La presente convocatoria se efectúa en cumplimiento del parágrafo 1, del parágrafo 1, del artículo 2.2.4.2.7.4, del Decreto 1074 de 2015 que dispone: “Parágrafo 1°. Una vez surtida la etapa de revisión de la documentación aportada por los gremios, la Secretaría Técnica del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo convocará a los representantes de las organizaciones gremiales a la reunión de elección que se realizará a más tardar el último día hábil del mes de noviembre de cada año impar”. (Subrayado fuera del texto original)
 
Dada en Bogotá, el veinte (20) de noviembre de 2019.

KAROL FAJARDO MARIÑO
Secretaria Técnica del Comité Directivo de FONTUR

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Fecha de publicación: 18 de octubre de 2019
 
Abierta convocatoria para elegir y formar parte del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo 2019 - 2021

“El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo abre la convocatoria oficial a asociaciones gremiales del sector para que formen parte del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo en el período 2019 – 2021”.
 
EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO:

Convoca a las organizaciones gremiales de aportantes de la contribución parafiscal del Turismo, (Artículo 1° de la Ley 1101 de 2006) interesados en formar parte del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo, FONTUR (período 2019-2021) para que a más tardar dentro de los quince días calendario siguientes a la publicación de la presente convocatoria se inscriban ante la Dirección de Análisis Sectorial y Promoción del Viceministerio de Turismo. Calle 28 N°. 13-A-15 de Bogotá, D.C.
 
Para la inscripción, las Organizaciones Gremiales deberán dar observancia a lo establecido en los artículos 2.2.4.2.7.2 y 2.2.4.2.7.4 del Decreto 1074 de 2015, que establece:
 
“Artículo 2.2.4.2.7.2. Organizaciones gremiales de aportantes. Se entenderá por organizaciones gremiales de aportantes de la Contribución Parafiscal de que trata el artículo 1º de la Ley 1101 de 2006, las entidades sin ánimo de lucro debidamente constituidas y con cobertura nacional, que cumplan los siguientes requisitos:
 
1. Las entidades gremiales especializadas en turismo que representen mínimo el 30% de los aportes de la contribución parafiscal de su categoría señalados en el artículo 3° de la Ley 1101 de 2006. Para tal efecto, la entidad gremial correspondiente deberá presentar una certificación expedida por Fondo Nacional de Turismo, donde se relacionen los aportes de sus agremiados correspondientes a los pagos efectuados en el año inmediatamente anterior al de la elección de los representantes al Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo.
 
2. Tratándose de entidades que agremien prestadores de servicios turísticos, éstos deberán tener vigente el Registro Nacional de Turismo, según certificación del Grupo de Análisis Sectorial y Registro Nacional de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para lo cual la entidad gremial deberá enviar un listado de sus agremiados a este Grupo.
 
3. Tratándose de las entidades que agremien aportantes no catalogados como prestadores de servicios turísticos, éstos deberán tener vigente el Registro Mercantil, según certificación del representante legal de la organización gremial.
 
4. Las organizaciones gremiales deberán tener una constitución mínima de cinco (5) años.
 
PARÁGRAFO. La Secretaria Técnica del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo, verificará los requisitos señalados en el presente artículo.” 
 
“Artículo 2.2.4.2.7.4. Inscripción de las organizaciones gremiales de aportantes. Las organizaciones gremiales interesadas en participar en la elección de los representantes en el Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo, además de cumplir con los requisitos señalados en el artículo 2.2.4.2.7.2 de la presente sección, deberán:
 
1. Inscribirse ante el Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la publicación de la convocatoria realizada en su sitio Web.
 
2. Indicar mediante correo postal el representante o apoderado de la organización gremial que asistirá a la reunión de la elección de los representantes en el Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo.
 
3. Indicar el representante principal y suplente que asistirán a las reuniones del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo – FONTUR.
 
Parágrafo 1. Una vez surtida la etapa de revisión de la documentación aportada por los gremios, la Secretaría Técnica del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo convocará a los representantes de las organizaciones gremiales a la reunión de elección que se realizará a más tardar el último día hábil del mes de noviembre de cada año impar.
 
Parágrafo 2. Sólo podrán ser elegidos aquellos gremios que se hayan inscrito, cumplan con los requisitos exigidos y que estén representados en la reunión de elección, bien sea por su representante legal o por su apoderado.”
 
La elección se realizará el día 26 de noviembre de 2019 a las 3:00 pm, acto en el que necesariamente deberá estar presente el elector de cada gremio.
 
Los demás requisitos y procedimiento para integrar y elegir el Comité Directivo de Fondo Nacional de Turismo, están contemplados en el Decreto 1074 de 2015, Reglamentario Único del Sector Comercio, Industria y Turismo que se puede consultar en la página Web de la entidad www.mincit.gov.co enlace Turismo, Normatividad conexa.

NORMATIVIDAD CONEXA

DECRETO 2183 DEL 11 DE NOVIEMBRE DE 2015
DECRETO 1074 DEL 26 DE MAYO DE 2015
DECRETO 2094 DE 2015

Aliados estratégicos