Cualquier actualización y/o modificación de información que requiera respecto a la Registro Nacional de Turismo (RNT), la debe realizar directamente en la página de Confecámaras.

Cuando la actualización y/o modificación corresponda a la situación jurídica del establecimiento de comercio, dicho acto deberá inscribirse de manera previa e inmediata en el Registro Mercantil, o si son personas no comerciantes en el Registro Único Tributario -RUT-.

Es importante tener en cuenta que la inscripción en el RNT tiene una vigencia anual, es gratuita y debe renovarse dentro de los tres primeros meses de cada año (desde el 1 de enero al 31 de marzo).

Para mayor información, consulte el manual de actualización.

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