Que en el marco del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo -PIPE -, se contempló extender por dos (2) años más la reducción del gravamen arancelario a cero por ciento (0%), para las importaciones de materias primas y bienes de capital que no registren producción nacional, para las siguientes subpartidas:

Listado de Subpartidas


Decretos que modifican el Decreto 1625/2015

Decreto 1084 del 7 de julio de 2016 "Por la cual se modifica parcialmente el decreto 1625 de 2015"

Decreto 1230 del 29 de julio de 2016 "Por la cual se modifica parcialmente el decreto 1625 de 2015"

Decreto 1287 del 10 de agosto de 2016 "Por el cual se modifica parcialmente el decreto 1625 de 2015"

Decreto 420 del 13 de marzo de 2017 "Por el cual se modifica parcialmente el decreto 1625 de 2015"

Decreto 1343 del 11 de agosto de 2017 Que en el marco del Plan Colombia Repunta se contempló la eliminación permanente del gravamen arancelario para las materias primas y bienes de capital no producidos en el país del ámbito industrial, con el cual el Gobierno Nacional busca impulsar la economía, la creación de puestos de trabajo y la competitividad del país.
 

Decretos que modifican el Decreto 1343 de 2017

Decreto 272 del 13 de febrero de 2018 "Por la cual se modifica el Decreto 1343 de 2017"


Etapas para la actualización del Decreto 272 de 2018

El Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior en su sesión 345 del 24 de marzo de 2021, con el propósito de garantizar seguridad jurídica y reglas claras al sector productivo del país, determinó para efectos de adelantar el estudio sobre la actualización del ámbito de subpartidas arancelarias contenidas en el Decreto 272 de 2018, el cual establece un arancel del 0% permanente para la importación de materias primas y bienes de capital no producidos en el país, publicar con corte al 31 de marzo de 2021 el listado de subpartidas del Registro de Bienes de Producción Nacional que administra la Dirección de Comercio Exterior.
 
Ver listado
 
El listado estará publicado hasta el 20 de abril de 2021 para su conocimiento, con el fin que durante ese plazo los productores nacionales de aquellos bienes que siendo producidos no cuentan con dicho registro o que se les ha vencido y no ha sido renovado, puedan realizar el Registro  de Producción Nacional. Vencido el plazo el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, hará los cruces de información respectivos con el listado del Decreto 272 de 2018 para adelantar el trámite de su actualización.


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