Producto: Hilados texturizados de poliéster

Subpartidas Arancelarias: 5402.33.00.00 y 5402.43.00.00 

País de Origen: Países no miembros de la OMC

Peticionario: ENKA DE COLOMBIA S.A.

Expediente: SA-215-218-05

Recepción de Conformidad: Oficio 17107 del 6 de mayo de 1998.

Apertura de Investigación 

Mediante la resolución 3399 del 28 de mayo de 1998, el Instituto Colombiano de Comercio Exterior abrió una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la procedencia de imponer una medida de salvaguardia a las importaciones de hilados texturados de poliéster de la subpartida 5402.33.00.00 e hilados de poliéster sencillos, sin torsión o con una torsión inferior o igual a 50 vueltas por metro de la subpartida arancelaria 5402.43.00.00.

El marco legal es el decreto 809 de 1994. Esta resolución fue publicada en la edición 651 de la Gaceta del Ministerio de Comercio Exterior. Capitulo INCOMEX, el 28 de mayo de 1998. También está publicada en el folio 308 del tomo 1 de la presente investigación.

Determinación Final

El Consejo Superior de Comercio Exterior, previo el concepto favorable del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior y del Consejo Superior de Comercio Exterior, mediante la Resolución 006 del 31 de julio de 1998, estableció una medida de salvaguardia en la forma de una restricción cuantitativa por la subpartida arancelaria 5402.33.00.00, a las importaciones originarias de China y Taiwán, de hilados texturizados de poliéster, por 12 meses contados a partir de la publicación de la presente resolución así: China 80.12 toneladas y Taiwán 1.532,68 toneladas.

También se estableció una restricción cuantitativa a las importaciones de hilados sencillos de poliéster clasificados por la subpartida 5402.43.00.00, originarias de Taiwán, mediante un contingente de 232.5 toneladas por 12 meses contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Esta resolución fue publicada en el Diario Oficial del 5 de agosto de 1998 y también en el folio 166 del tomo 5 de la presente investigación.

Prórroga de la medida de salvaguardia

La empresa Enka de Colombia S.A. solicitó la prórroga de la medida de salvaguardia y el INCOMEX elaboró el correspondiente estudio técnico, que fue presentado al Comité AAA el 2 de agosto de 1999, el cual recomendó la prórroga de dicha medida. De acuerdo con lo anterior, el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1448 del 5 de agosto de 1999, determinó prorrogar por un año la medida de salvaguardia impuesta mediante la Resolución 006 del 31 de julio de 1998. Este Decreto fue publicado en el Diario Oficial el 6 de agosto de 1999 y también en el folio 396 del tomo 5 de la presente investigación.

Expediente

    Tomo 1
    Tomo 2
    Tomo 3
    Tomo 4
    Tomo 5
    Tomo 6
 

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