Estado: examen quinquenal concluido
Producto: perfiles extruidos de aluminio
Subpartidas arancelarias: 7604.21.00.00, 7604.29.10.00, 7604.29.20.00, 7608.10.90.00 y 7608.20.00.00
País de origen: República Popular China
Peticionario: ALUMINIO NACIONAL S.A. (ALUMINA S.A.)
Expediente: ED-215-50-111

 

Apertura de investigación

Mediante la Resolución 148 del 24 de agosto de 2020, publicada en el Diario Oficial 51.417 del 25 de agosto de 2020, la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, determinó ordenar el inicio del examen quinquenal, con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto mediante Resolución 176 del 13 de octubre de 2017, publicada en el Diario Oficial 50.385 del 13 de octubre de 2017, permitiría la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Los derechos definitivos establecidos en la Resolución No.176 del 13 de octubre de 2017 permanecerán vigentes durante el examen quinquenal ordenado por el presente acto administrativo para las subpartidas arancelarias 7604.21.00.00, 7604.29.10.00, 7604.29.20.00, 7608.10.90.00 y 7608.20.00.00, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto 1750 de 2015.

Así mismo, la Dirección de Comercio Exterior avisa a quienes acrediten interés en la presente investigación para que dentro de los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso de convocatoria, publicado en el Diario Oficial No.51.417 del 25 de agosto de 2020, expresen su interés de participar, facilitando dentro del mismo término la información que para tales efectos solicite la autoridad investigadora. Igualmente, deberán aportar las pruebas que soporten sus afirmaciones.
 

 

Prórroga para recepción de cuestionarios

Mediante la Resolución 180 del 2 de octubre de 2020, publicada en el Diario Oficial 51.458 del 5 de octubre de 2020, la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, prorrogó hasta el 15 de octubre de 2020, el plazo con que cuentan todas las partes interesadas para dar respuesta a los cuestionarios dentro de la presente investigación. El citado cuestionario podrá ser diligenciado y remitido a la Subdirección de Prácticas Comerciales de este Ministerio o al correo electrónico lchaparro@mincit.gov.co o info@mincit.gov.co.


Aclaración resolución 180 del 2 de octubre de 2020

Mediante Resolución 189 del 13 de octubre de 2020, publicada en el Diario Oficial 51.466 del 13 de octubre de 2020, se corrige el artículo 1º de la citada Resolución, el cual queda de la siguiente manera:
 
“Artículo 1º.  Prorrogar hasta el 21 de octubre de 2020, el plazo con que cuentan las partes interesadas para dar respuesta a cuestionarios, con el fin de obtener información pertinente uy poder contar con elementos de juicio suficientes que permitan adelantar la investigación administrativa iniciada por medio de la Resolución 148 del 24 de agosto de 2020”.
 

Auto por medio del cual se amplía un período probatorio

Mediante Auto del 23 de noviembre de 2020, la Subdirectora de Prácticas Comerciales, de la Dirección de Comercio Exterior,  amplía el  término para la práctica de pruebas hasta el 11 de diciembre de 2020 dentro  de la presente investigación.

 

Determinación final 

Mediante la Resolución 162 del 16 de junio de 2021, publicada en el Diario Oficial 51.707 del 16 de junio de 2021, la Dirección de Comercio Exterior dispuso la terminación del examen quinquenal iniciado mediante la Resolución 148 del 24 de agosto de 2020, sin la prórroga de los derechos antidumping a las importaciones perfiles extruidos de aluminio, clasificados por las subpartidas arancelarias 7604.21.00.00, 7604.29.10.00, 7604.29.20.00, 7608.10.90.00 y 7608.20.00.00 originarias de la República Popular China, impuestos mediante la Resolución 304 del 13 de noviembre de 2013, mantenidos por medio de la Resolución 174 del 14 de octubre de 2015 y prorrogados a través la Resolución 176 del 13 de octubre de 2017.
 

Revocatoria directa

El Director de Comercio Exterior, mediante la Resolución 294 del 12 de noviembre de 2021: "por la cual se resuelve una solicitud de revocación directa”, publicada en el Diario Oficial 51.860 del 16 de noviembre de 2021, resolvió no revocar la Resolución 162 del 16 de junio de 2021, por medio de la cual se adoptó la determinación final en el examen iniciado mediante la Resolución 148 del 24 de agosto de 2020 a las importaciones de perfiles extruidos de aluminio, clasificadas por las subpartidas arancelarias 7604.21.00.00, 7604.29.10.00, 7604.29.20.00, 7608.10.90.00 y 7608.20.00.00 originarias de la República Popular China.

 

Expediente público

Tomo 62
Tomo 61
Tomo 60
Tomo 59
Tomo 58
Tomo 57
Tomo 56
Tomo 55
Tomo 54
Tomo 53
Tomo 52
Tomo 51
Tomo 50
Tomo 49
Tomo 48
Tomo 47
Tomo 46
Tomo 45
Tomo 44
Tomo 43
Tomo 42
Tomo 41
Tomo 40
Tomo 39
Tomo 38
Tomo 37
Tomo 36
Tomo 35
Tomo 34
Tomo 33
Tomo 32
Tomo 31
Tomo 30
Tomo 29
Tomo 28
Tomo 27
Tomo 26
Tomo 25
Tomo 24
Tomo 23
Tomo 22
Tomo 21
Tomo 20
Tomo 19
Tomo 18
Tomo 17
Tomo 16
Tomo 15
Tomo 14
Tomo 13
Tomo 12

Tomo 11
Tomo 10
Tomo 9
Tomo 8
Tomo 7
Tomo 6
Tomo 5
Tomo 4
Tomo 3
Tomo 2
Tomo 1

Aliados estratégicos