Estado: examen quinquenal concluido
Producto: perfiles de hierro o acero aleados o sin alear, en L y en U, simplemente laminados o extruidos en caliente
Subpartidas arancelarias: 7216.10.00.00, 7216.21.00.00 y 7228.70.00.00
País de origen: República Popular China
Peticionario: DIACO S.A y TERNIUM SIDERÚRGICA DE CALDAS S.A.S.
Expediente: ED-215-49-110

 

Apertura de investigación

Mediante la Resolución 142 del 14 de agosto de 2020, publicada en el Diario Oficial 51.406 del 14 de agosto de 2020, la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, determinó ordenar el inicio del examen quinquenal, con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto mediante la Resolución 211 del 24 de agosto de 2018, a las importaciones de perfiles de hierro o acero aleados o sin alear, en L y en U, simplemente laminados o extruidos en caliente, clasificadas en las subpartidas arancelarias 7216.10.00.00, 7216.21.00.00 y 7228.70.00.00, originarias de la República Popular China, permitiría la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Los derechos definitivos establecidos en la Resolución 211 del 24 de agosto de 2018, permanecerán vigentes durante el examen quinquenal ordenado por el presente acto administrativo para las subpartidas arancelarias 7216.10.00.00, 7216.21.00.00 y 7228.70.00.00, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto 1750 de 2015.

Así mismo, la Dirección de Comercio Exterior avisa a quienes acrediten interés en la presente investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto 1750 de 2015, para que dentro de los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la publicación del aviso de convocatoria, publicado en el Diario Oficial No. 51.406  del 14 de agosto de 2020, expresen su interés de participar en la investigación con una posición debidamente sustentada y aporten o soliciten las pruebas que consideren pertinentes.
 


Determinación final 

Mediante la Resolución 113 del 10 de mayo de 2021, publicada en el Diario Oficial 51.670  del 10 de mayo de 2021, la Dirección de Comercio Exterior dispuso la terminación del examen quinquenal iniciado mediante la Resolución 142 del 14 de agosto de 2020, sin la prórroga de los derechos antidumping a las importaciones perfiles de hierro o acero, aleados o sin alear, en L y en U, simplemente laminados o extruidos en caliente, clasificados por las subpartidas arancelarias 7216.10.00.00, 7216.21.00.00 y 7228.70.00.00, originarios de la República Popular China, impuestos en la Resolución 211 del 24 de agosto de 2018.


Expediente público

Tomo 13
Tomo 12
Tomo 11
Tomo 10
Tomo 9
Tomo 8
Tomo 7

Tomo 6
Tomo 5
Tomo 4
Tomo 3
Tomo 2
Tomo 1

Aliados estratégicos