Estado: Investigación en curso
Producto:  Placas estándar de yeso fraguable.
Subpartida arancelaria: 6809.11.00.00.
País de origen: Estados Unidos Mexicanos  
Peticionario: GYPLAC S.A., y PANELTEC S.A.S., en nombre de la rama de producción nacional, con el apoyo de KNAUF DE COLOMBIA S.A.S.
Expediente: D-493-02-84

Apertura de Investigación

Mediante Resolución No. 098 del 8 de julio de 2016, publicada en el publicada en el Diario Oficial No. 49.932 del martes 12 de julio de 2016, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo dispone la apertura de una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de la producción nacional, de un supuesto dumping en las importaciones de placas de yeso, originarias de México. 

Así mismo, la Dirección de Comercio Exterior convoca a quienes acrediten interés en la presente investigación para que dentro de un (1) mes, contado a partir de la fecha de la publicación de este Aviso de Convocatoria publicado en el Diario Oficial No. 49.932 del martes 12 de julio de 2016,  su interés de participar, facilitando dentro del mismo término la información para tales efectos, debidamente sustentada, incluyendo la respuesta a cualquier cuestionario.  En la Subdirección de Prácticas Comerciales de este Ministerio, reposa el expediente público D-493-02-84, el cual contiene todos los documentos y pruebas que sirvieron de base para la decisión adoptada.

Cuestionarios y Cuadros de Precios
 

Prórroga para recepción de cuestionarios

Mediante la Resolución 0131 del 24 de agosto de 2016, publicada en el Diario Oficial 49.977 del 26 de agosto de 2016, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo prorrogó hasta 5 de septiembre de 2016, el plazo con que cuentan todas las partes interesadas para dar respuesta a los cuestionarios  dentro de la presente investigación. El citado cuestionario podrá ser diligenciado y remitido a la Subdirección de Prácticas Comerciales de este Ministerio o al correo electrónico lchaparro@mincit.gov.co.

Prórroga para la Determinación Preliminar

Mediante la Resolución 0131 del 24 de agosto de 2016, publicada en el Diario Oficial 49.977 del 26 de agosto de 2016, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria prorrogó hasta el 26 de septiembre de 2016 el plazo para adoptar la determinación preliminar dentro de la presente investigación. 

Prórroga para la Determinación Preliminar

Mediante la Resolución 0160 del 22 de septiembre de 2016, publicada en el Diario Oficial 50.004 del 22 de septiembre de 2016, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria prorrogó hasta el 10 de octubre de 2016 el plazo para adoptar la determinación preliminar dentro de la presente investigación. 

Determinación preliminar 

Mediante la Resolución 0170 del 10 de octubre de 2016, publicada en el Diario Oficial 50024 del 12 de octubre de 2016, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, determinó continuar con la investigación administrativa iniciada con la Resolución No. 098 del 8 de julio de 2016, sin imposición de derechos antidumping provisionales a las importaciones de placas de yeso estándar clasificadas en las subpartidas 6809.11.00.00 originarias de México.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Prórroga Determinación Final

Mediante Resolución No.0250 del 27 de diciembre de 2016 de la Dirección de Comercio Exterior, publicada en el Diario Oficial No.50.099 del 27 de diciembre de 2016, se  prorroga el término para adoptar la determinación final dentro de la investigación adelantada a las importaciones de placas de yeso estándar, clasificadas en la subpartida arancelaria 6809.11.00.00 originarias de México.

Determinación Final

Mediante la Resolución 170 del  11 de octubre de 2017, publicada en el Diario Oficial 50.384 del 12 de octubre de 2017, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria Turismo, dispuso la terminación de la investigación administrativa abierta mediante Resolución No. 098 del 8 de julio de 2016 a las importaciones de placas de yeso, clasificadas en la subpartida arancelaria 6809.11.00.00 originarias de México, con imposición de derechos antidumping definitivos, por el término de dos (2) años,  en la forma de un gravamen ad-valorem el cual se liquidará sobre el valor FOB declarado por el importador, adicional al arancel vigente en el Arancel de Aduanas Nacionales, de  la siguiente manera:

            Abastecedora Máximo S.A. de C.V. - ABAMAX : 7,14%

            USG México, S.A. de C.V USG: 25,00%

            DEMAS EXPORTADORES DE MEXICO: 42,86%,

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Revocatoria Directa

El Director de Comercio Exterior, mediante la Resolución Número 070 del 2 de abril de 2018 "Por medio de la cual se resuelve una solicitud de revocatoria directa”, publicada en el Diario Oficial Número 50.553 del 3 de abril de 2018, resolvió no revocar la Resolución 0170 del 11 de octubre de 2017 por  la cual dispone la terminación de la investigación administrativa abierta mediante Resolución 098 del  8 de julio de 2016 que ordenó el inicio de una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de la producción nacional, de un supuesto dumping en las importaciones de placas de yeso, clasificadas en la subpartida arancelaria 6809.11.00.00 originarias de México.

Expediente Público

Tomo 1
Tomo 2
Tomo 3
Tomo 4
Tomo 5
Tomo 6
Tomo 7
Tomo 8
Tomo 9

Aliados estratégicos