Estado: Investigación concluida
Producto: Cable de acero, torón para concreto preesforzado y torón galvanizado
Subpartida arancelaria: 7312.10.90.00
País de origen: República Popular China 
Peticionario: Empresa Colombiana de Cables S.A. Emcocables  S.A.
Expediente: D-215-44-100
 

 

Apertura de Investigación

Mediante Resolución 167 del 3 de octubre de 2017 publicada en el Diario Oficial No. 50.376 del 4 de octubre de 2017, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ordena el inicio de una investigación de carácter administrativo para determinar la existencia, el grado y los efectos en la rama de la producción nacional, de un supuesto “dumping” en las importaciones Cable de acero, torón para concreto preesforzado y torón galvanizado, clasificadas en la subpartida arancelaria 7312.10.90.00 originarias de la República Popular China.

Así mismo, la Dirección de Comercio Exterior convoca a quienes acrediten interés en la presente investigación para que dentro de un (1) mes, contado a partir de la publicación de este Aviso de Convocatoria publicado en el Diario Oficial No. 50.376 del 4 de octubre de 2017, expresen su opinión debidamente sustentada, facilitando dentro del mismo término la información que para tales efectos consideren pertinente, incluyendo la respuesta a cualquier cuestionario si es el caso. Igualmente, deberán aportar las pruebas que soporten sus afirmaciones. En la Subdirección de Prácticas Comerciales de este Ministerio, reposa el expediente público D-215-44-100, el cual contiene todos los documentos y pruebas que sirvieron de base para la decisión adoptada.

Cuestionarios y Cuadros de Precios

Prórroga para recepción de cuestionarios

Mediante la Resolución 199 del 17 de noviembre de 2017, publicada en el Diario Oficial 50.423 del 20 de noviembre de 2017, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo prorrogó hasta el 1 de diciembre de  2017, el plazo con que cuentan todas las partes interesadas para dar respuesta a los cuestionarios  dentro de la presente investigación. El citado cuestionario podrá ser diligenciado y remitido a la Subdirección de Prácticas Comerciales de este Ministerio o al correo electrónico lchaparro@mincit.gov.co.

Prórroga de la Determinación Preliminar

Mediante la Resolución 206 del 28 de noviembre de 2017, publicada en el Diario Oficial 50.432 del 29 de noviembre de 2017, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo prorrogó hasta el 15 de diciembre de 2017, el plazo para adoptar la determinación preliminar dentro de la presente investigación. 

Determinación preliminar 

Mediante la Resolución 0220 del 15 de diciembre de 2017, publicada en el Diario Oficial 50.452 del 19 de diciembre de 2017, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, determinó continuar con la investigación administrativa iniciada con la Resolución No. 167 del 3 de octubre de 2017, e imponer derechos antidumping provisionales a las importaciones cable de acero, torón para concreto preesforzado y torón galvanizado, clasificadas en la subpartida arancelaria 7312.10.90.00 originarias de la República Popular China, consistentes en un gravamen ad-valorem equivalente al 15%, el cual se liquidará sobre el valor FOB declarado por el importador, adicional al 10% de arancel vigente en el Arancel de Aduanas Nacional para la mencionada subpartida arancelaria.

Audiencia Pública

De conformidad con el artículo 34 del Decreto 1750 de 2015, la Audiencia Pública entre partes intervinientes se realizará el día 19 de enero de 2018 de 9:00 a.m. a 12:00 m., en la sala de juntas de la Dirección de Comercio Exterior, piso 16 del edificio Centro de Comercio Internacional, ubicado en la Calle 28 No. 13 A 15 de la ciudad de Bogotá. La asistencia a la misma deberá confirmarse a más tardar 16 de enero de 2018, enviando a los correos electrónicos lchaparro@mincit.gov.co  y ccubillos@mincit.gov.co el nombre de la compañía o entidad que participará, el nombre de las personas que asistirán, numero del documento de identificación de cada una de ellas y correo electrónico. 

Prórroga Derechos Provisionales

Mediante Resolución No. 143 del 15 de junio de 2018, publicada en el Diario Oficial  50.628 del 18 de junio de 2018, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, determinó prorrogar por el término de tres (3) meses la aplicación de los derechos antidumping provisionales establecidos mediante Resolución 0220 del 15 de diciembre de 2017 a las importaciones cable de acero, torón para concreto preesforzado y torón galvanizado, clasificadas en la subpartida arancelaria 7312.10.90.00 originarias de la República Popular China, consistentes en un gravamen ad-valorem equivalente al 15%, el cual se liquidará sobre el valor FOB declarado por el importador, adicional al 10% de arancel vigente en el Arancel de Aduanas Nacional para la mencionada subpartida arancelaria.

Determinación Final

Mediante la Resolución 259 del 16 de noviembre de 2018, publicada en el Diario Oficial 50.783 del 20 de noviembre de 2018, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria Turismo, dispuso la terminación de la investigación administrativa abierta mediante Resolución No. 167 del 3 de octubre de 2017 a las importaciones de cable de acero, torón para concreto preesforzado y torón galvanizado, clasificadas en la subpartida arancelaria 7312.10.90.00 originarias de la República Popular China, con imposición de derechos antidumping definitivos, por el término de dos (2) años,  en la forma de un gravamen ad-valore del 15%  el cual se liquidará sobre el valor FOB declarado por el importador, adicional al arancel vigente en el Arancel de Aduanas Nacionales para la mencionada subpartida.

Excluir de los derechos antidumping definitivos impuestos por la resolución 159 del 16 de noviembre de 2018, las importaciones del producto que se relaciona a continuación:

  • Sellos de seguridad con referencia guayas de 7 hilos, fabricadas en acero inoxidable 304L ASTM UN -580 con diámetro de cable: diámetro externo nominal 0.0270”= 0.68 mm, mínimo 0.020260” = 0.51 mm, máximo 0.0290= 0.73 mm, diámetro de alambre: 0.0090” nominal 0.22 mm, construcción 1X7 (6 alrededor de 1), sentido de torsión izquierdo (s), grado de torsión 0.254” Nominal = 6.45 mm.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Expediente Público

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