Estado: Investigación por dumping concluída.

Producto: Aisladores eléctricos de cerámica y piezas aislantes de cerámica

Subpartidas arancelarias: 8546.20.00.00 y 8547.10.90.00

País de origen: República Popular China. 
 
Peticionario: ELECTROPORCELANA GAMMA S.A.

Expediente: D-215-13-47

Recibo de conformidad: Oficio No. 2-2008-019212 del 4 de junio de 2008
 
Apertura de Investigación:
 
Mediante la Resolución 0213 del 27 de junio de 2008, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, resolvió iniciar una investigación administrativa  con el objeto de determinar la existencia, el grado y los efectos en la rama de la producción nacional, de un supuesto “dumping” en las importaciones  de aisladores eléctricos de cerámica y piezas aislantes de cerámica, clasificadas en las subpartidas arancelarias 8546.20.00.00 y 8547.10.90.00, originarias de la República Popular China. 
 
El texto completo de la resolución de apertura se publicó en el Diario Oficial 47.038 del 2 de julio de 2008.

Prórroga recibo de cuestionarios

Mediante la Resolución 0264 del 4 de agosto de 2008, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, determinó prorrogar hasta el 22 de agosto de 2008 el plazo para recibir los cuestionarios dentro de la presente investigación.  Esta resolución fue publicada en el diario ficial 47.075 del 8 de agsoto de 2008.

Cuestionarios:

Cuestionario para importadores

Cuestionario para exportadores

Formato de liquidación de importación


Prórroga para la adopción de la determinación preliminar

Mediante la Resolución 0667 del 22 de diciembrea de  2008, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo determinó prorrogar del 9 de enero del 2009 el término para presentar al Comité de Prácticas Comerciales los resultados finales de la investigación administrativa abierta por la Resolución 0213 del 27 de junio de 2008 por el supuesto dumping en las importaciones de: aisladores eléctricos de cerámica clasificados por la subpartida arancelaria 8546.20.00.00 y piezas aislantes de cerámica clasificadas por la subpartida arancelaria 8547.10.90.00, originarias de la República Popular China, a fin de que éste conceptúe sobre los mismos y adopte la recomendación definitiva sobre la misma. Esta Resolución se publicó en el diario oficial No. 47214 de diciembre 26 de 2008.

Mediante la Resolución 0332 del 19 de agosto de 2008, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo determinó prorrogar hasta el 6 de octubre de 2008, el plazo para adoptar la determinación preliminar dentro de la investigación administrativa iniciada mediante la resolución 0213 del 27 de junio de 2008,  La resolución fue publicada en el diario oficial 47.088 del 21 de agosto de 2008.

Determinación preliminar

Mediante la Resolución 0458 del 6 de octubre de 2008, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismmo determinó continuar con la investigación administrativa abierta mediante resolución 0213 del 27 de junio de 2008 a las importaciones de aisladores eléctricos de cerámica y piezas aislantes de cerámica, clasificadas por las subpartidas arancelarias 8546.20.00.00 y 8547.10.90.00, originarias de la República Popular China, sin imposición de derechos antidumping provisionales.  La resolución fue publicada en el diario oficial 47.137 del 9 de agosto de 2008.

Prórroga determinación final

Mediante la Resolución 0667 del 22 de diciembre de 2008, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo resolvió prorrogar hasta el 9 de febrero de 2009 el término para presentar al Comité de Prácticas Comerciales los resultados finales de la investigación administrativa abierta por la Resolución 0213 del 27 de junio de 2008.  La presente resolución se publicó en el diario oficial 47.214 del 26 de diciembre de 2008.

Determinación final

Mediante la Resolución 2012 del 28 de julio de 2009, publicada en el Diario Oficial No. 47.430 del 3 de agosto de 2009, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo resolvió disponer la terminación de la investigación administrativa abierta mediante Resolución 0213 de junio 27 de 2008, sin imponer derechos antidumping definitivos a las importaciones  de aisladores eléctricos de cerámica clasificadas por la subpartida arancelaria 8546.20.00.00 y piezas aislantes de cerámica clasificadas por la subpartida arancelaria 8547.10.90.00, originarias de la República Popular China.

Expediente Público

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Tomo 2
Tomo 3
Tomo 4
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Tomo 7
Tomo 8
Tomo 9
Tomo 10

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