Estado: investigación en curso
Producto: sulfato de manganeso monohidratado y sulfato de manganeso en solución
Subpartida arancelaria: 2833.29.90.00
País de origen: República Popular China
Peticionario: Química Internacional S.A.
Expediente: D-215-64-130
Apertura de investigación
Mediante
Resolución 087 del 3 de abril de 2024, publicada en el Diario Oficial No. 52.718 del 5 de abril de 2024, la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, ordena el inicio de una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de producción nacional, de un supuesto “dumping” en las importaciones de sulfato de manganeso, clasificadas por la subpartida arancelaria 2833.29.90.00 originarias de la República Popular China.
Así mismo, la Dirección de Comercio Exterior convoca a quienes acrediten interés en la presente investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.6.7 del Decreto 1794 de 2020, para que las partes interesadas dentro de los 30 (treinta) días hábiles contados a partir de la publicación del
aviso convocatorio en el Diario Oficial No. 52.718 del 5 de abril de 2024, expresen su opinión debidamente sustentada y aporten o soliciten, ante la Subdirección de Prácticas Comerciales de la Dirección de Comercio Exterior, las pruebas y documentos que consideren pertinentes, así como contestar cuestionarios.
El expediente público que reposa en la
sección de Defensa Comercial, contiene todos los documentos y pruebas que sirven de base para la presente investigación.
Determinación preliminar
Mediante
Resolución 157 del 6 de junio de 2024, publicada en el Diario Oficial 52.780 del 7 de junio de 2024, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, adoptó la determinación preliminar ordenando continuar con la investigación de carácter administrativo iniciada mediante Resolución 087 del 3 de abril de 2024 a las importaciones de sulfato de manganeso, con imposición de derechos antidumping provisionales consistentes en un gravamen Ad-Valorem de 33,41%.
Adicionalmente, se expidió la
Resolución 175 del 14 de junio de 2024, publicada en el Diario Oficial 52.787 del 14 de junio de 2024, mediante la cual se corrige un error de forma en los párrafos primero y segundo del título “4. CONCLUSIÓN GENERAL”, y en los artículos 1° y 2 ° de la Resolución 157 de 2024.
Revocatoria directa
Mediante la
Resolución 256 del 27 de agosto de 2024, publicada en el Diario Oficial Número 552.862 del 28 de agosto de 2024, la Dirección de Comercio Exterior resolvió negar la solicitud de revocatoria directa presentada por la apoderada especial de QUIMICA INTERNACIONAL S.A. - QUINTAL S.A.-, en contra de la Resoluciones 157 del 6 de junio de 2024 y 175 del 14 de junio de 2024, por medio de la cual se adoptó la determinación preliminar en la investigación administrativa iniciada mediante la Resolución 087 del 3 de abril de 2024.
Determinación final
Mediante
Resolución 415 del 20 de diciembre de 2024, publicada en el Diario Oficial 52.982 del 27 de diciembre de 2024, adopta la determinación final, resolviendo imponer derechos antidumping a las importaciones de sulfato de manganeso, consistente en un precio base de 0,81 USD por cada kilogramo de peso neto y el precio FOB declarado por el importador, siempre que este último sea inferior al precio base y establecer reglas de origen no preferencial para las importaciones de sulfato de manganeso clasificadas por la subpartida arancelaria 2833.29.90.00.
Los derechos antidumping establecidos estarán vigentes por un periodo de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de publicación de esta en el Diario Oficial, con revisión a los tres (3) años.
Expediente público
Tomo 15
Tomo 14
Tomo 13
Tomo 12
Tomo 11
Tomo 10
Tomo 9
Tomo 8
Tomo 7
Tomo 6
Tomo 5
Tomo 4
Tomo 3
Tomo 2
Tomo 1