Estado: investigación en curso.
Producto: perfiles de acero aleado y sin alear, en lámina galvanizada y galvalume, simplemente obtenidos o acabados en frio, para la construcción liviana, no estructurales, de espesores iguales o inferiores a 0,46 mm – perfiles para drywall
Subpartida arancelaria: 7216.61.00.00, 7216.91.00.00 y 7228.70.00.00
País de origen: República Popular China.
Peticionario: CONSORCIO METALÚRGICO NACIONAL S.A.S. - COLMENA S.A.S. y MANUFACTURAS S.A.S. – MATECSA S.A.S.
Expediente: ED-215-68-135

 
Apertura de investigación
 
Mediante Resolución 326 del 30 de octubre de 2024, publicada en el Diario Oficial No.52.926 del 31 de octubre de 2024, la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, dispone la apertura de una investigación de carácter administrativo, con el objeto de ordenar el inicio del examen por extinción con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto mediante la Resolución 280 del 29 de octubre de 2021, publicada en el Diario Oficial  51.847 del  3 de noviembre de 2021, a las importaciones de perfiles de acero aleados y sin alear, en lámina galvanizada y galvalume, simplemente obtenidos o acabados en frío, para la construcción liviana, no estructurales, de espesores iguales o inferiores a 0,46 mm, clasificadas bajo las subpartidas arancelarias 7216.61.00.00, 7216.91.00.00 y 7228.70.00.00, originarias de la República Popular China, permitiría la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Los derechos definitivos, establecidos en la Resolución No. 280 del 29 de octubre de 2021, permanecerán vigentes durante el examen por extinción ordenado por el presente acto administrativo para las subpartidas arancelarias 7216.61.00.00, 7216.69.00.00, 7216.91.00.00, 7216.99.00.00 y 7228.70.00.00, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.10.3 del Decreto 1794 de 2020. 

Así mismo, la Dirección de Comercio Exterior avisa a quienes acrediten interés en el presente examen de extinción, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.3.7.6.7. y 2.2.3.7.11.3 del Decreto 1794 de 2020, para que dentro de un plazo de (30) días hábiles, contados a partir de la publicación del aviso de convocatoria, publicado en el Diario Oficial No.52.926 del 31 de octubre de 2024, expresen su interés de participar en la investigación con una posición debidamente sustentada y aporten o soliciten las pruebas que consideren pertinentes.
 
Prórroga envío documento Hechos Esenciales
 
Mediante la Resolución 077 del 7 de abril de 2025, publicada en el diario oficial publicada en el Diario Oficial No. 53.082  del 7 de abril de 2025, la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, ordenó prorrogar hasta el 23 de abril de 2025, el término con que cuenta la Autoridad Investigadora para el envío del documento de Hechos Esenciales a las partes interesadas, dentro de la investigación de carácter administrativo iniciada con Resolución 326 del 30 de octubre de 2024, a las importaciones de perfiles de acero aleados y sin alear, en lámina galvanizada y galvalume, simplemente obtenidos o acabados en frío, para la construcción liviana, no estructurales, de espesores iguales o inferiores a 0,46 mm, clasificadas bajo las subpartidas arancelarias 7216.61.00.00, 7216.91.00.00 y 7228.70.00.00, originarias de la República Popular China.


Corrección de actuación
 
Mediante la Resolución 140 del 10 de junio de 2025, publicada en el diario oficial publicada en el Diario Oficial No. 53.145 del 11 de junio de 2025, la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, corrigió la irregularidad que se presentó en el desarrollo de la actuación administrativa de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la citada resolución 140 y ordenó la conformación de un expediente independiente para adelantar la solicitud de medidas antielusión presentada por CONSORCIO METALÚRGICO NACIONAL S.A.S. - COLMENA S.A.S. y MANUFACTURAS S.A.S. – MATECSA S.A.S.


Determinación final

Mediante la Resolución 285 del 17 de octubre de 2025, publicada en el Diario Oficial 53.276 del 17 de octubre de 2025, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria Turismo, dispuso la terminación de la investigación por examen de extinción iniciada mediante la Resolución 326 del 30 de octubre de 2024, a las importaciones de perfiles de acero aleado y sin alear, en lámina galvanizada y galvalume, simplemente obtenidos o acabados en frío, para la construcción liviana, no estructurales, de espesores iguales o inferiores a 0,46 mm, perfiles para drywall clasificados por las subpartidas arancelarias 7216.61.00.00, 7216.91.00.00 y 7228.70.00.00, originarias de la República Popular China y  Mantener los derechos antidumping definitivos impuestos mediante la Resolución 280 del 29 de octubre de 2021, en la forma de un gravamen ad valorem del 37,88%, el cual se liquidara sobre el valor FOB declarado por el importador, adicional al gravamen arancelario vigente en el Arancel de Aduanas Nacional para la mencionada subpartida arancelaria. Los derechos antidumping impuestos se aplicarán por un término de cinco (5) años.


Expediente público

Tomo 30
Tomo 29 
Tomo 28
Tomo 27
Tomo 26
Tomo 25
Tomo 24
Tomo 23
Tomo 22
Tomo 21
Tomo 20
Tomo 19
Tomo 18
Tomo 17
Tomo 16
Tomo 15
Tomo 14
Tomo 13
Tomo 12
Tomo 11
Tomo 10
Tomo 9
Tomo 8
Tomo 7
Tomo 6
Tomo 5
Tomo 4
Tomo 3
Tomo 2
Tomo 1

Aliados estratégicos