Dirección de Comercio Exterior - Solicitudes presentadas al Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior

Solicitudes presentadas al Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior

La Secretaría Técnica del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior informa que se están tramitando, ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, las siguientes solicitudes de modificación arancelaria.

Las personas interesadas o afectadas por una eventual decisión al respecto, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este aviso, deberán manifestar por escrito, su opinión sobre estas solicitudes al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio (comitetriplea@mincit.gov.co).


9. A petición de Persona Natural. Solicita el desdoblamiento de la Subpartida Arancelaria 8703.21, mediante la creación de la subpartida 8703.21.00.20, con el fin de identificar los vehículos ligeros de tres ruedas diseñados para el transporte de pasajeros, con un solo motor de encendido por chispa, con funcionamiento a gas y una cilindrada inferior a 1000 cm³. Asimismo, solicita que se ajuste al tratamiento arancelario ya previsto para vehículos de funcionamiento exclusivo a gas.

Fecha de publicación: 26 de noviembre de 2024

8. El Comité Colombiano de Productores de Acero de la ANDI solicita mantener las medidas especiales a las exportaciones de chatarra ferrosa, establecidas mediante el Decreto 647 del 28 de abril de 2023 y se considere la reducción del contingente anual de exportación vigente. 

Fecha de publicación: 24 de septiembre de 2024

7. INDUSTRIAS CATO S.A.S. solicita incrementar al 10 % el arancel de las subpartidas 7318.11.00.00, 7318.12.00.00 y 7318.14.00.00. 

Fecha de publicación: 24 de septiembre de 2024

6. La EMPRESA SUTEX S.A.S. solicita incluir la subpartida arancelaria 8443.39.90.00 en el listado de bienes de capital, conforme los criterios definidos en el Decreto 1446 de 2022. 

Fecha de publicación: 12 de agosto de 2024

5. La EMPRESA TERMINALES AUTOMOTRICES S.A. solicita el desdoblamiento arancelario para la Subpartida Arancelaria 8708.80.90.90, con fundamento en que el producto de fabricación nacional link de suspensión o muñeco de suspensión, sea clasificado arancelariamente de manera específica y no por las demás.
 
Fecha de publicación: 12 de julio de 2024

4. Solicitud de diferimientos arancelarios para la subpartidas:
 
Subpartida Descripción Peticionario
3815900000 Los demás iniciadores y aceleradores, de reacción, y preparaciones catalíticas, no expresados ni comprendidos en otras partidas HUBEMAR
3901200000 Polietileno de densidad superior o igual a 0.94 ENKA de Colombia
4011400000 Neumáticos nuevos de caucho, del tipo de los utilizados en motocicletas Comité de Llantas de la ANDI
8407320000 Motores de émbolo (pistón) alternativo del tipo de los utilizados para la propulsión de vehículos del capítulo 87, de cilindrada superior a 50 cm3, pero inferior o igual a 250 cm3 Industries And Services Free Zone S.A.S.
8407330000 Motores de émbolo (pistón) alternativo del tipo de los utilizados para la propulsión de vehículos del capítulo 87, de cilindrada superior a 250 cm3, pero inferior o igual a 1000 cm3 Industries And Services Free Zone S.A.S.
9001500000 Lentes de otras materias para gafas (anteojos), sin montar, excepto los de vidrio sin trabajar ópticamente Servioptica
Por tratarse de productos que no cuentan con Registro de Producción Nacional. 
 
Fecha de publicación: 24 de mayo de 2024 

3. Asociación Nacional de Comercio Exterior – ANALDEX solicitó restablecimiento del arancel previsto en el Decreto 1881 de 2021 para las subpartidas 7005.21.11.00 y 7005.21.90.00. Así mismo, dado que el arancel de restablecimiento de la subpartida 7005.21.11.00 se daría en un 5 %, requieren que esta se incremente a 10 %, con el fin de evitar distorsiones y contrabando técnico con productos de similar especificación.

Fecha de publicación: 25 de abril de 2024

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