DENUNCIA:
 
El denunciante podrá poner en conocimiento de la entidad los hechos o conductas que pretende denunciar a través de los diferentes medios dispuestos para ello, como lo son:

➜ Canal virtual: ➜ Denuncia escrita radicada en la Ventanilla de Correspondencia del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Calle 28 No. 13a-15, piso 1, Bogotá.

➜ Denuncia escrita o verbal que presente un ciudadano ante el Grupo de Control Interno Disciplinario - Carrera 13 No. 28 -01, piso 5, Bogotá.
 
Siempre que el denunciante radique su queja mediante el canal virtual soytransparente@mincit.gov.co, su identidad será protegida en la actuación disciplinaria.
 
Si lo hace por otro canal, en el momento de formular la queja o denuncia, el ciudadano deberá manifestar su deseo de que se proteja su identidad.
 
Una vez allegada la denuncia en el Grupo de Control Interno Disciplinario, se abrirá el expediente correspondiente, iniciando la acción disciplinaria a través de un acto administrativo, en donde se describan los hechos puestos en conocimento y se compulsarán las copias a la entidad que corresponda, de ser el caso, acatando la solicitud de protección de datos del ciudadano denunciante. Para ello, su información personal deberá obrar en una carpeta aparte del expediente.

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