13 de marzo de 2019

Prestadores de servicios turísticos suspendidos, ya pueden efectuar el pago de sus multas


El Viceministro de Turismo, Juan Pablo Franky, anunció que los prestadores de servicios turísticos que estaban suspendidos, desde ya podrán renovar el Registro Nacional de Turismo, una vez hayan cancelado sus multas.

Para la reactivación del Registro Nacional de Turismo que se encuentre en estado SUSPENDIDO POR NO RENOVACIÓN, el prestador de servicios turísticos deberá realizar el pago de la multa a favor del FONTUR por valor de un salario mínimo mensual legal vigente, en el Banco de Bogotá. Luego de realizado el pago podrá solicitar la Reactivación de su RNT a través de la pagina https://rnt.confecamaras.co
 
Los lineamientos que deben seguir los prestadores de servicios turísticos al diligenciar el Formato Único de consignación son los siguientes:
 
1 – Nombre del Convenio o Empresa Recaudadora: P.A. FONTUR. MULTAS
2 – Referencia 1: Número de identificación (NIT o CC) del aportante o sancionado.
3 – Referencia 2: LEY 1558 de 2012. RNT según corresponda a cada aportante.
4 – Número Cuenta Destino: Cuenta de Ahorros N° 062-91279-5.
5 – Total a Pagar: El valor de la consignación debe corresponder a un SMMLV.
6 – Nombre del depositante: Nombre y teléfono de quien realiza el pago.
 
A continuación presentamos un ejemplo de cómo realizar el proceso del pago:

Prestadores-de-servicios-turisticos-suspendidos-ya-pueden-efectuar-el-pago-de-sus-multas.jpg
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