Comercio25 de febrero de 2022
Empresas certificadas como OEA podrán acogerse a trámite extraordinario temporal para nacionalización de alimentos y materias primas en los PAPF
Este es un ejercicio de priorización que se adelanta con el respaldo de la Circular 1000-002-22 de hoy, 25 de febrero de 2022, con un enfoque basado en la gestión de riesgos frente a los productos mencionados.
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, informa que con el fin de agilizar el proceso de nacionalización de alimentos en Puertos, Aeropuertos y Pasos de Frontera - PAPF, amplía el grupo de empresas beneficiadas por el formato de contingencia emitido el 18 de febrero del 2022, que autoriza el traslado de alimentos, materias primas y otros alimentos perecederos, desde el sitio de ingreso a otro sitio, siempre y cuando cumplan con las condiciones sanitarias para su almacenamiento, evitando así congestión en los puntos de nacionalización.
Este es un ejercicio de priorización que se adelanta con el respaldo de la Circular 1000-002-22 de hoy, 25 de febrero de 2022, con un enfoque basado en la gestión de riesgos frente a los productos mencionados. Se resalta que la circular fue firmada y dada a conocer por el Director General del Invima en la sesión No. 47 del Comité de Facilitación del Comercio (virtual), llevada a cabo hoy, junto con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
De acuerdo con los resultados positivos de esta medida que, como se mencionó, empezó a regir desde el 18 de febrero, a partir de hoy más empresas pueden acogerse voluntariamente al mismo formato, incluyendo las que se encuentran certificadas como Operador Económico Autorizado – OEA, toda vez que, para certificarse como tal, validaron previamente y de manera presencial una serie de requisitos sanitarios, que le dan a las mismas un estatus sanitario de confiabilidad.
Quienes deseen beneficiarse con esta medida temporal y extraordinaria, que ayuda a descongestionar los PAPF, deben tener en cuenta las siguientes condiciones:
1. Importación de alimentos, materias primas y otros alimentos perecederos.
2. Empresas que voluntariamente se acojan a este mecanismo y que cuenten con historial de riesgos favorable, valoradas con riesgo bajo en nuestro modelo IVC-SOA Puertos y/o aquellas certificadas como Operador Económico Autorizado – OEA.
3. Es necesario diligenciar el formato de autorización de traslado de alimentos, materias primas y otros alimentos perecederos desde el sitio de ingreso - Puertos, Aeropuertos y Pasos de Frontera, a otros sitios que cumplan con las condiciones sanitarias para su almacenamiento. Código: IVC-INS-FM154, donde las empresas se comprometen a NO comercializar y/o distribuir, procesar, fraccionar y transformar, entre otros, los productos descritos, hasta tanto no se emita concepto favorable en la inspección física y/o documental que garantice que los productos cumplen con las condiciones sanitarias requeridas y que, a su vez, son aptos para consumo humano o para la elaboración de alimentos.
4. Una vez se obtenga concepto favorable en la inspección, se emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria – CIS por parte del Invima, para la distribución, procesamiento, fraccionamiento, transformación y comercialización de estos productos que ya han sido nacionalizados.
Es importante tener en cuenta que, para realizar la solicitud, las empresas interesadas deben diligenciar el formato generado desde el vínculo que se publicará en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y remitir la documentación requerida para el agendamiento a través del correo electrónico cisinvima@mincit.gov.co.
Invima, en cumplimiento a su compromiso con la salud pública del país, ha dispuesto de todo su recurso humano para dar respuesta inmediata ante la contingencia actual. La entidad agradece todo su apoyo y colaboración ante esta situación.
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