Circular 20181000000067 |
Suspensión provisional de los siguientes apartados del Acuerdo 565 de 2016:
"i) Del artículo 6. 0 numeral 2.0 la expresión « Los empleados de Libre Nombramiento y Remoción, distintos a los de Gerencia Pública)), conforme la razones expuestas en el acápite 2.5.1.
u) Del artículo 10 el siguiente enunciado contenido en el inciso 1.0 del literal b) «los servidores de período y/los directivos docentes se asimilarán a empleados de Libre Nombramiento y Remoción», de acuerdo con los argumentos esbozados en el acápite 2.5.4.
iii) El rango de cualificación denominado «destacado» contenido en los artículos 15, 27 y 41 el Decreto 565 de 2016, en consideración las razones indicadas en los acápites 2.5.6, 2.5.7 y 2.5. 10".
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CNSC |
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Efectos del Auto de fecha 26 de abril de 2018, proferido por el Consejo de
Estado, mediante el cual suspendió provisionalmente apartes del Acuerdo 565
de 2016. |