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Gracias al Plan Nacional de Desarrollo “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, una de cuyas apuestas es disminuir la provisionalidad en los empleos públicos, en nuestro MinCIT, por primera vez en su historia, habrá concursos cerrados de ascenso.

La medida, de la que no se tiene antecedente reciente en nuestra entidad, obedece a las políticas del Gobierno Nacional que buscan impulsar diferentes iniciativas para construir un mejor Estado y un futuro para todos.

Con base en la medida, un total de veintiocho funcionarios de carrera administrativa tendrán la oportunidad de mejorar sus condiciones profesionales y personales, gracias a los concursos cerrados, establecidos en la Ley 1960 de 2019, que buscan permitir la movilidad a un cargo superior dentro de la planta de personal de la misma entidad, del mismo sector administrativo o dentro del cuadro funcional de empleos.

 

LO QUE ESTABLECE LA LEY 1960 DE 2019:

El concurso será de ascenso cuando:
 
1. La vacante o vacantes a proveer pertenecen a la misma planta de personal, las plantas de personal del sector administrativo, o cuadro funcional de empleos, en los niveles asesor, profesional, técnico o asistencial.

2. Existen servidores públicos con derechos de carrera general o en los sistemas específicos o especiales de origen legal, que cumplan con los requisitos y condiciones para el desempeño de los empleos convocados a concurso.

3. El número de los servidores con derechos de carrera en la entidad o en el sector administrativo que cumplen con los requisitos y condiciones para el desempeño de los empleos convocados a concurso es igual o superior al número de empleos a proveer.

Si se cumple con los anteriores requisitos se convocará a concurso de ascenso el (30%) de las vacantes a proveer. El setenta (70%) de las vacantes restantes se proveerán a través de concurso abierto de ingreso.
 
Si en el desarrollo del concurso de ascenso no se inscribe un número igual de servidores con derechos de carrera por empleo convocado, el concurso se declarará desierto y la provisión de los cargos se realizará mediante concurso de ingreso abierto. Quienes se hayan inscrito inicialmente para el concurso de ascenso continuaran en el concurso abierto de ingresos sin requerir una nueva inscripción.

Así las cosas, los funcionarios de carrera administrativa que cumplan con los requisitos de estudio y experiencia exigidos podrán concursar, de tal forma que sea el mérito el factor que determine estas nuevas oportunidades laborales.

Este proceso de selección, en la modalidad de ascenso, irá acompañado de un concurso abierto a través del cual se proveerán, además, empleos que se encuentran en vacancia definitiva.

La selección de estos cargos es el resultado de un análisis juicioso y objetivo de los empleos en vacancia definitiva de la entidad, con base en los criterios definidos en la Circular 20191000000157 del 18 de diciembre de 2019, de la CNSC, sobre los principios de igualdad, mérito y oportunidad, a saber:

 
  • Selección de los empleos y vacantes para los cuales existan la mayor cantidad de servidores de carrera que cumplan requisitos para participar en el concurso de ascenso.

  • Selección de los empleos de mayor jerarquía en la planta de personal, para los cuales existan servidores de carrera que cumplan con los requisitos para participar en el concurso de ascenso.

  • Proporcionalidad en el número de vacantes para el concurso, para cada nivel jerárquico.

  • Proporcionalidad en el número de vacantes para el concurso para cada área (misional, estratégica, de apoyo o de control).

A continuación, los empleos que serán ofertados en concurso de méritos de ascenso en nuestro MinCIT:

 
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Una vez los acuerdos de la Convocatoria hayan sido firmados, serán publicados en la Mintranet para conocimiento de los servidores públicos de carrera administrativa del MinCIT, y en la página web para información del público externo, en el caso del Concurso Abierto.

SECRETARÍA GENERAL

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