Las Garantías Mobiliarias son servicios mediante los cuales personas naturales o jurídicas respaldan sus créditos, ofreciendo como respaldo sus muebles, propios o de su empresa.

El sistema de Garantías Mobiliarias fue concebido con el propósito de incrementar el acceso al crédito mediante la ampliación de bienes, derechos o acciones que pueden ser objeto de garantía mobiliaria, simplificando la constitución, oponibilidad, prelación y ejecución de las mismas (Art 2° de la Ley 1676 de 2013).

De acuerdo con el artículo 40° y 44° de la misma Ley, el Gobierno nacional establecerá el reglamento del registro de los mecanismos para capturar la información al momento de la inscripción y los derechos de registro.

Por su parte, la Ley 1676 de 2013 delegó en la Confederación de Cámaras de Comercio de Colombia (Confecámaras) el llevar el registro de garantías mobiliarias, de manera centralizada y digital.

Marco normativo
 
  • Resolución No. 069 de 2026
  • Decreto No. 1133 de 2021
  • Resolución No. 1520 de 2021
  • Resolución No. 1362 de 2020
  • Resolución No. 1320 de 2020
  • Decreto No. 466 de 2016
  • Resolución No. 356 de 2015
  • Resolución No. 001 de 2015
  • Resolución No. 834 de 2014
  • Ley 1676 de 2013

En cumplimiento del artículo 3° de la Resolución No. 069 de 2026, se publica la primera "Evaluación de Implementación de la Política Pública de Acceso al Crédito Mediante Garantías Mobiliarias".