Mediante la Ley 1480 de 2011 se expidió el Estatuto del Consumidor, con el objeto de proteger, promover y garantizar la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores. De manera general, este Estatuto contiene disposiciones que permitirán que los consumidores puedan ejercer sus derechos en temas como: garantía legal, derecho a la información, derecho a que se le efectúe la reparación de los bienes y servicios en los casos en los que se presenten fallas de los mismos, reversión del pago, conocer tanto sus derechos como obligaciones generados de las relaciones de consumo, garantía de bienes inmuebles, información para niños, niñas y adolescentes, casos en los cuales se puede impedir la comercialización de determinados productos, protección contra cláusulas abusivas y vigilancia y control en materia de reglamentación técnica y metrología legal, entre otros. Así las cosas, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha trabajado en diferentes regulaciones desde la fecha de expedición del citado estatuto, con miras a establecer las pautas que permitan al consumidor y al proveedor/productor establecer el orden que se debe ejecutar las disposiciones normativas previstas en la Ley 1480 de 2011. Es así como, a través de las siguientes regulaciones, se ha venido reforzando las medidas que velan por la protección al consumidor.
Reglamenta la forma en que el prestador de un servicio que supone la entre de bienes muebles, debe disponer de ellos.
Reglamenta las condiciones y el procedimiento para la reversión de los pagos, cuando la adquisición de bienes haya sido realizada a través del comercio electrónico.
Reglamenta las ventas que utilizan métodos no tradicionales y las ventas a distancia.
Establece los requisitos que deberá cumplir la publicidad respecto de las cualidades, características o atributos ambientales de los productos que generen beneficios ambientales.
Reglamenta las operaciones de crédito otorgadas por personas naturales o jurídicos cuyo control y vigilancia no haya sido asignada a la Superintendencia Financiera.
Determina los casos, la forma y el contenido en que se deberá presentar la información y la publicidad.
Establecen las reglas para hacer efectiva la garantía legal y las suplementaria.
Establece los criterios que tendrá en cuenta la Superintendencia de Industria y Comercio, para graduar las sanciones administrativas.
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