Los acuerdos de la OMC se basan en principios esenciales:
No discriminación:
- Trato de la Nación Más Favorecida (NMF): un país no puede discriminar entre sus distintos socios comerciales. Es decir, cualquier ventaja comercial (como un arancel más bajo) que un país otorga a un socio comercial debe extenderse automáticamente a todos los demás miembros de la OMC, garantizando así la no discriminación y la igualdad de condiciones en el comercio internacional.
- Trato Nacional: los productos importados deben recibir el mismo trato que los productos nacionales una vez en el mercado. Esto asegura que la competencia sea justa y que los productos extranjeros no sean objeto de regulaciones internas discriminatorias.
Transparencia
Los Miembros deben notificar y publicar sus políticas comerciales para garantizar que las reglas y los cambios regulatorios sean claros.
Previsibilidad
Las reglas y compromisos arancelarios no pueden modificarse de forma abrupta o arbitraria, lo que da seguridad jurídica a empresas y gobiernos.
Competencia leal
La OMC busca evitar prácticas distorsionantes como subsidios dañinos, dumping o barreras no justificadas.
Trato especial y diferenciado para países en desarrollo
Los países en desarrollo pueden beneficiarse de plazos más amplios para aplicar acuerdos o mayor flexibilidad en la implementación.