Estado: Investigación concluida – Salvaguardia Decreto 1480/05.
Producto: Sector Calceterìa
Subpartidas arancelarias:  61.15.11;  61.15.12; 61.15.19; 61.15.20;  61.15.91; 61.15.92;  61.15.93 y  61.15.99.
Países de Origen: República Popular China
Peticionario: Calcetines Cristal – Calcetería Nacional S.A. – Vestimundo S.A.
Expediente: SA – 215 –  02   - 38

Apertura de Investigación

Mediante la Resolución 0249  del 16  de agosto de 2005, El MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, ordenó el inicio de una investigación de carácter administrativo contra las importaciones del sector de calcetería,  originarios de la República Popular China, en las subpartidas arancelarias enunciadas anteriormente.

El texto completo de la resolución de apertura, se publicó en el Diario Oficial 46005 del 19 de agosto de 2005.

Cronograma

Formularios

Cuestionario para importadores
Cuestionario para Productores Extranjeros y Exportadores

Determinación preliminar

Mediante el Decreto 3090 del 6 de septiembre de 2005, el gobierno nacional determinó imponer medidas de salvaguardia provisionales a las importaciones de medias y demás productos del sector de calcetería, originarios de la República Popular China, en las subpartidas arancelarias enunciadas en el anterior decreto.

El texto completo de la resolución de apertura, se publicó en el Diario Oficial 46.025 del  8 de septiembre de 2005.

Prórroga de plazo para responder cuestionarios

Resolución 0294 del 21 de septiembre de 2005, Por la cual se prorroga el término de respuesta a unos cuestionarios en la investigación administrativa ordenada por la Resolución 0249 de 2005.

Determinación Final

Mediante la Resolución 0074 del 24 de marzo de 2006, que fue publicada en el Diario Oficial No 46.224 del 28 de marzo de 2006, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo resolvió ordenar el cierre de la investigación administrativa abierta mediante Resolución 0249 del 16 de agosto de 2005, expedida por la Dirección de Comercio Exterior relacionada con las importaciones de productos del sector calcetería, clasificadas por las subpartidas arancelarias 61.15.11.00.00; 61.15.12.00.00; 61.15.19.00.00; 61.15.20.20.00, 61.15.20.90.00; 61.15.91.00.00; 61.15.92.00.00; 61.15.93.90.00 y 61.15.99.00.00, originarias de la República Popular China, y como consecuencia disponer el archivo de la misma.

Establecimiento de contingentes

Mediante el Decreto 944 del 30 de marzo de 2006, el gobierno nacional estableció contingentes para las importaciones de productos del sector de calcetería, originarios de la República Popular China y correspondientes a las subpartidas arancelarias  61.15.92.00.00; 61.15.93.20.00; 61.15.93.90.00 y 61.15.99.00.00. Este decreto fue publicado en el Diario Oficial No 46.227 del 31 de marzo de 2006.

Expediente Público

    Tomo 1
    Tomo 2
    Tomo 3

Aliados estratégicos