Investigación de carácter administrativo de examen de extinción 
Estado: investigación en curso 
Producto: tubos no inoxidables de entubación (“casing”) y de producción (“tubing”) 
Subpartidas arancelarias: 7304.29.00.00 
País de origen: República Popular China 
Peticionario: TENARIS TUBOCARIBE LTDA. 
Expediente: ED-215-57-120 

 
Apertura de investigación
 
Mediante Resolución 150 del 28 de junio de 2022, publicada en el Diario Oficial 52.080 del 29 de junio de 2022, la Dirección de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, ordena el inicio del examen de extinción, con el objeto de determinar si la supresión de los derechos antidumping impuestos mediante Resolución 0026 del 5 de enero de 2012, prorrogados por la Resolución 1526 del 14 de agosto de 2017, a las importaciones de tubos no inoxidables de entubación (“casing”) y de producción (“tubing”), clasificados por la subpartida arancelaria 7304.29.00.00, originarias de la República Popular China, permitirían la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Los derechos definitivos establecidos en la Resolución 0026 del 5 de enero de 2012, prorrogados por la Resolución 1526 del 14 de agosto de 2017, permanecerán vigentes durante el examen de extinción, ordenado por el presente acto administrativo para la subpartida arancelaria 7304.29.00.00, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.10.3 del Decreto 1794 de 2020.

Así mismo, la Dirección de Comercio Exterior avisa a quienes acrediten interés en el presente examen de extinción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.6.7 del Decreto 1794 de 2020, para que dentro de un plazo de (30) días hábiles, contados a partir de la publicación del aviso de convocatoria, publicado en el Diario Oficial 52.080 del 29 de junio de 2022, expresen su interés de participar en la investigación con una posición debidamente sustentada y aporten o soliciten las pruebas que consideren pertinentes.  

Cuestionarios
 
Determinación final

Mediante la Resolución 045 del 13 de marzo de 2023, publicada en el Diario Oficial 52.336 del 14 de marzo de 2023, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria Turismo, dispuso la terminación del examen de extinción iniciado mediante la Resolución 150 del 28 de junio de 2022, a las importaciones de tubos no inoxidables de entubación (“casing”) y de producción (“tubing”), clasificados por la subpartida arancelaria 7304.29.00.00, originarias de la República Popular China, y ordenó mantener los derechos antidumping definitivos impuestos mediante la Resolución 0026 del 5 de enero de 2012, prorrogados por la Resolución 1526 del 14 de agosto de 2017, consistente en una cantidad correspondiente a la diferencia entre un precio base FOB de USD$ 1.913.92 dólares/tonelada, y el precio FOB declarado por el importador, siempre que este último sea menor al precio base. El derecho antidumping mantenido se aplicará por un término de cinco (5) años con revisión administrativa a los tres (3) años, conforme la recomendación hecha por el Comité de Prácticas Comerciales. 

Las reglas de origen no preferencial establecidas a través de Resolución 044 del 15 de marzo de 2019, publicada en el Diario Oficial 50.899 del 18 de marzo de 2019, se mantendrán en vigor mientras dure la vigencia de los derechos antidumping prorrogados por medio de la Resolución 045 de 2023. 


Expediente público

Tomo 25
Tomo 24
Tomo 23
Tomo 22
Tomo 21
Tomo 20
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​Tomo 15
​Tomo 14
​Tomo 13
​Tomo 12
Tomo 11
Tomo 10
Tomo 9
Tomo 8
Tomo 7
Tomo 6
Tomo 5
Tomo 4
Tomo 3
Tomo 2
Tomo 1

Aliados estratégicos