INVESTIGACIÓN POR SALVAGUARDIA ADELANTADA POR REPUBLICA DOMINICANA PARA LAS IMPORTACIONES DEPAPEL HIGIÉNICO, CLASIFICADAS POR LA SUBPARTIDA ARANCELARIA 4818.10.00.00, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE SALVAGUARDIAS DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO.
 
Producto: “Papel higiénico” clasificado en el código 4818.10 del Sistema Armonizado y en la subpartida 4818.10.00 del Arancel nacional de importaciones de República Dominicana, con la siguiente descripción: “Papel del tipo de los utilizados para  papel higiénico y papeles similares, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa, del tipo de los utilizados para fines domésticos o sanitarios, en bobinas (rollos) de una anchura inferior o igual a 36 cm.”
 
Subpartida Arancelaria Colombiana:  4818.10.00.00
 
Peticionario: Industrias  Nigua C. por A.
 
Representatividad del peticionario: 
 
La empresa solicitante es una de las 5 empresas  nacionales dedicada a la fabricación de papel higiénico de la subpartida 4818.10.00, su participación dentro de la industria nacional representa el 37%.
 
Principales importadores:
 
Costa Rica (44 %),  El Salvador (39%), Estados Unidos (7%), Colombia (5%), Trinidad y Tobago (3%),  otros (2 %).
 
Producto similar o directamente competidor:
 
Papel higiénico elaborado con papel tissue, presentado en varios formatos y marcas. Cuando se compararon las muestras de papel higiénico de Industrias Nigua con respecto al producto importado en sus características físicas y las especificaciones técnicas, el Departamento de Investigación observo en esta etapa inicial se comprobó que ambos productos son directamente competidores, sin embargo existen diferencias relacionadas a la presentación número de capas, numero de hojas y número de unidades  en los empaques.

Medidas Provisionales:
 
No se tomaran medidas provisionales sobre las importaciones de papel higiénico que ingresan a la República Dominicana bajo la subpartida arancelaria No. 4818.10.00,  dispuesto mediante resolución No. CDC-RD-SG-068-2010. La Comisión Reguladora determino que si bien la empresa solicitante Industrias Nigua, C. por A. ha sufrido un daño por el aumento de las importaciones de papel higiénico hacia la República Dominicana y que pueda que exista una relación causal entre el daño y el señalado aumento, en la información del expediente y en el informe técnico preliminar se verifico, que no existen pruebas concluyentes que demuestren que hay circunstancias críticas en la empresa que pudieran producir un perjuicio difícilmente reparable.
 
Fecha de apertura de la investigación:
 
La Comisión Reguladora  de Prácticas Desleales en el Comercio y Sobre Medidas de Salvaguardia bajo resolución No. CDC-RD-SG-039-2009  del  9 de Octubre de 2009, dispuso el inicio de una investigación de salvaguardia general  por el incremento de las importaciones del papel higiénico en la República Dominicana, el 12 de octubre de 2009, se publicó en el periódico “El Nacional” y en la página web de la Comisión Reguladora
 
Periodo de análisis de las cifras de importaciones y daño grave:  2006 – 2008
 
Normas de salvaguardia invocadas: Artículos 7, 58, 59 y  265 del reglamento de aplicación de la ley No. 1-02 sobre prácticas desleales en el comercio y medidas de salvaguardias
 
Apertura de la investigación
 
El 17 de Agosto del 2009, Industrias Nigua C. por A. presentó una solicitud a la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardia, con el fin de iniciar una investigación en virtud del artículo 7 de la ley No. 1-02 sobre Prácticas Desleales y Medidas de Salvaguardias, para determinar si el papel higiénico que es importado a la República Dominicana ha aumentado en tal cantidad o en condiciones que causen o amenacen causar daño a los productores nacionales de productos similares o directamente competidores.
 
La Comisión Reguladora el 9 de Octubre de 2009, decide abrir una investigación mediante resolución No. CDC-RD-SG-039-2009, y con la información suministrada emitió un Informe Inicial o Informe Técnico No. CDC-RD/SG/2009-003, en el que se analizó las importaciones en relación con la producción de Industrias Nigua, en el cual se observó que las importaciones fueron el 328% de la producción para el año 2008, en comparación con el año 2006 que la participación fue de 169%, lo que significa que la comisión ha podido determinar que si existe un aumento significativo de las importaciones de papel higiénico a la República Dominicana.
   
En un principio el Departamento de Investigación puede considerar que existen indicios de que el aumento del 42% en el volumen de importaciones de papel higiénico, durante el periodo de investigación, ha provocado una disminución del 27% en la producción nacional y la utilización de la capacidad instalada que representa un daño a la empresa solicitante, de igual forma se presentó una disminución del 25% en el número de empleados y la pérdida significativa del mercado interno de papel higiénico.
 
  1. Daño grave causado a la rama de producción nacional:
 
En el Informe Técnico Inicial el Departamento de Investigación, indica que el daño grave al que hace referencia la empresa solicitante  se argumenta en los siguientes hechos:
 
Las exportaciones: Las exportaciones de la empresa han presentado un notable crecimiento en el mercado exportador, en el periodo 2006-2007 disminuyó en 5% y para el periodo 2007-2008 las exportaciones aumentaron 85%, el crecimiento acumulado del periodo investigado fue de 76%. Por otro lado la tasa de crecimiento se contrajo 3% en el periodo de 2006-2007 y  creció 37% en el periodo de 2007-2008, lo que representa un crecimiento acumulado de 33%.

Pérdida en la participación de Industrias Nigua en el mercado nacional: Según la información de Industrias Nigua, en el 2005, la empresa era líder en el mercado nacional con el 31.5% de las ventas de papel higiénico. Durante el 2006 las ventas cayeron significativamente en todas las empresas productoras lo que representó una perdida en la participación del mercado, al mismo tiempo el principal importador aumenta su participación en el mercado pasando del 14% en el 2005 al 43% en el 2008, logrando alcanzar las ventas totales de toda la rama de producción nacional.

Capacidad instalada: El Departamento de Investigación comprobó en la visita realizada el 10 de septiembre del 2009, que la empresa solicitante a la fecha solo operaba una de las dos rebobinadoras que posee; adicional a esto la empresa redujo los turnos de trabajo de los tres que anteriormente tenía en el año 2006 a dos turnos en el 2007 y a uno solo en el 2008.

-Producción: El volumen de producción durante el periodo 2006-2007 cayó 14.6% y en el periodo 2007-2008 disminuyó 14%, lo que representa una caída acumulada en el periodo de estudio del 27%, por otro lado la producción cayó a una cifra similar del 26%.

-Productividad: la utilización de la capacidad productiva en el 2008 en comparación con el 2006 disminuyó en un 27%.

-Ventas: Desde el 2006 al 2008, el volumen de ventas cayó un 27%, igualmente su valor (RD$)[1] de las ventas registró una caída de igual magnitud que el volumen de ventas.

-Utilidades: En relación a las ganancias de la empresa, la información financiera demuestra que la empresa Industrias Nigua disminuyó sus niveles de ganancia un 72% durante el periodo de 2006-2008.

-Nivel de empleo y salarios: Por otro lado la empresa también sufrió pérdidas con el número de personas ocupadas, estas se redujeron desde el 2006 al  2008 en un 15%. El crecimiento acumulado del empleo durante estos 3 años ha sido negativo con un 25% y las remuneraciones totales tan solo han presentado un crecimiento acumulado del 3% durante el periodo de investigación.

-Inventarios: La información complementaria, refleja que hubo un aumento en el volumen de los inventarios en un 35% durante el periodo 2007-2008, en comparación con el periodo 2006-2007 donde no se registraron existencias en el inventario.

-Precios productos importados: La metodología que utilizo el Departamento de Investigación para calcular los precios USD de las importaciones, lo realizó tomando el valor CIF (USD) de las importaciones investigadas y lo dividió entre el volumen de las importaciones objeto de investigación.

-El comportamiento de los precios (USD) del papel higiénico en el periodo 2006-2007 presentó una variación promedio de -26.16% y para el periodo 2007-2008 esta variación fue de 174.73%; el crecimiento acumulado durante el periodo de estudio 2006-2008 fue de 102.86%. Durante el análisis de los precios del producto importado, los provenientes desde Costa Rica y El Salvador disminuyeron durante dicho periodo.

·           Importaciones excluidas de la aplicación de la medida
 
Se excluye de la investigación a las importaciones de México, Guatemala, Ecuador, Panamá, Turquía y Vietnam; por ser países en desarrollo que en conjunto representan un 1.66% de las importaciones investigadas.
 
·           Participación de los países en desarrollo en las importaciones totales.
 
Los países exportadores de papel higiénico hacia la República Dominicana durante el periodo investigado suman en su totalidad 15. El principal país exportador es Costa Rica, en el 2008 el monto de las importaciones representó un 43.70% del total del volumen de importación; le sigue El Salvador, con una participación del 39% en las importaciones totales. Los cuatro principales proveedores de papel higiénico, en conjunto acumulan el 95% del volumen de importaciones objeto de investigación.
 
En el periodo 2006-2007, Costa Rica presentó una tasa de crecimiento del 218% y entre el periodo 2007-2008 tuvo un crecimiento acumulado de 1280%.
                                                                                                                                                                    
·         Volumen de las Importaciones
 
País de Origen 2006 2007 2008
Costa Rica 195.443,63 622.373,97 2.698.255,56
El Salvador  119.500,75 5.658.549,02 2.424.772,24
Estados Unidos 2.351.065,51 858.462,05 459.369,31
Colombia 386.595,76 127.125,18 281.897,88
Trinidad y Tobago 163.030,17 257.210,83 173.450,29
Los demás 1.118.900,19 478.229,40 136.806,87
Total 4.334.536,01 8.001.950,45 6.174.552,15
Fuente: Dirección General de Aduanas, elaborado por el  Departamento de Investigación, Rep. Dominicana
 
La variación absoluta del volumen de las importaciones objeto de investigación en 2007 respecto al 2006 creció 3.667.414,44 kilogramos y el comportamiento que se registró en el periodo 2007-2008 presentó una disminución de 1.827.398,30 kilogramos.
 
                                                 Crecimiento absoluto de las importaciones
 
Volumen (Kg) Variación absoluta
2006 2007 2008 2007/2006 2008/2007
4.334.536,01 8.001.950,45 6.174.552,15 3.667.414,44 -1.827.398,3
Fuente: Dirección General de Aduanas, elaborado por el Departamento de investigación  Rep. Dominicana.
 
En el 2008 el volumen de importación del papel higiénico fue de 6.174.552,15 Kg; en el periodo 2006-2007 se presentó una tasa de crecimiento relativa del 85% y en el periodo  2007-2008 la tasa disminuyó 23%; el crecimiento acumulado del periodo 2006-2008 fue de 42%.
 
                        Crecimiento relativo de las importaciones de papel higiénico
 
Volumen (Kg) Tasas de Crecimiento
2006 2007 2008 2007/2006 2008/2007 Acumulado 2008/2006
4.334.536,01 8.001.950,45 6.174.552,15 85% -23% 42%
     Fuente: Dirección General de Aduanas, elaborado por el Departamento de investigación Rep. Dominicana.
 
·         Comportamiento de las Importaciones en Relación a la Producción Nacional
 
En el análisis de las importaciones de papel higiénico en relación con la producción nacional, se observó que para el año 2008 las importaciones representaron el 328% de la producción, en comparación con el año 2006 cuya participación fue 169%. Para este análisis, el Departamento de Investigación solo tuvo en cuenta la producción de Industrias Nigua y no tomó información de las demás empresas.
 
        Comportamiento de las importaciones en relación con la producción
 
Indicadores  2006 2007 2008
Volumen de las importaciones (Kg) 4.334.536,01 8.001.950,45 6.174.552,15
Producción (Kg) 2.561.933,93 2.186.325,26 1.882.485,41
Participación (%) 169,19% 366% 328%
Fuente: Dirección General de Aduanas y de Industrias Nigua, elaborado por el Departamento   de investigación Rep. Dominicana
 
Nueva Investigación
 
La Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y Sobre Medidas de Salvaguardia, por medio de la Resolución No. CDC-RD-SG-044-2009, con fecha del 26 de noviembre de 2009, decidió cerrar la investigación de salvaguardia general por el incremento de las importaciones de papel higiénico en la República Dominicana, que se había abierto mediante la resolución No. CDC-RD-SG-039-2009.
 
El cierre de la investigación se debió, única y exclusivamente, con el fin de iniciar un nuevo procedimiento y asegurar que todas las instituciones involucradas en el proceso de notificación ante la OMC en Ginebra, con el propósito de dar cumplimiento a las disposiciones procedimentales establecidas en el Acuerdo de Salvaguardias (Ley No. 1-02) y su reglamento de aplicación.
 
Una vez cerrada la investigación, la empresa Industrias Nigua, C. por A., el 28 de noviembre de 2009 solicitó nuevamente a la Comisión Reguladora la aplicación de una medida de salvaguardia para el papel higiénico, partida arancelaria No. 4818.10. Una vez recibida la solicitud el Departamento de Investigación emitió un Informe Inicial No. CDC-RD/SG/2010-005.
 
El 30 de diciembre de 2009, la Comisión Reguladora, mediante resolución No.CDC-RD-SG-047-2009,  decide abrir  una investigación de salvaguardias general por el incremento de las importaciones de papel higiénico en la República Dominicana.    
 
Durante la investigación, el Departamento de Investigación constató que la empresa solicitante es una de las 5 empresas nacionales productoras, con una representación del 37% del mercado nacional, además determinó que existen condiciones que ameriten el inicio del proceso de investigación,  aunque  el Departamento no cuenta con toda la información relativa de producción de las demás empresas productoras de papel higiénico.
 
Una vez emitida la resolución del 30 de diciembre de 2009 por la comisión, se dispone el 14 de enero de 2010, el inicio de la investigación sobre la medida de salvaguardia a las importaciones de papel higiénico, partida arancelaria 4818.10.00, del Sistema Armonizado de desgravación. Lo anterior se publica en el periódico “El Caribe” y en la Web de la Comisión Reguladora en la internet.
 
La Comisión Reguladora, el 28 de abril del 2010, hace público un aviso sobre una decisión preliminar en torno a la investigación para la aplicación o no de una medida de salvaguardia provisional a las importaciones de papel higiénico, solicitada por Industrias Nigua, C. por A., mediante la resolución No. CDC-RD-SG-047-2009, cuya decisión preliminar está contenida en la resolución No. CDC-RD-SG-068-2010 del 6 de abril de 2010.
Lo dispuesto en la resolución No. CDC-RD-SG-068-2010, dice que en primer lugar, No se tomaran medidas provisionales sobre las importaciones de papel higiénico que ingresan a la República Dominicana bajo la subpartida arancelaria No. 4818.10.00; segundo, continuar con el procedimiento de investigación para la aplicación de una medida de salvaguardia definitiva; tercero, se excluye de la investigación a las importaciones de México, Guatemala, Ecuador, Panamá, Turquía y Vietnam; por ser países en desarrollo que en conjunto representan un 1.66% de las importaciones investigadas.
 
Informe Final
 
La OMC con comunicado del 25 de mayo de 2010, por petición de la República Dominicana, informa, que por resolución No. CDC-RD-SG-069-2010 del 4 de mayo del 2010, la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardia de la República Dominicana, decide el Cierre de la Investigación para la aplicación de una medida de salvaguardia general a las importaciones de papel higiénico, de la partida arancelaria 4818.10.00, que se inició mediante resolución No. CDC-RD-SG-047-2009, con fecha del 30 de diciembre del 2009.
 
La empresa solicitante Industrias Nigua C. por A., el  26 de abril del 2010, depositó un comunicado ante la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio, en la cual desiste formalmente de su solicitud de interponer una medida de salvaguardias a las importaciones de papel  higiénico y dejaba sin efecto su solicitud de medidas provisionales de un 20% durante 200 días; debido a que dejaron de existir causas que ameriten la aplicación de estas medidas en el producto objeto de investigación.
 
La comisión una vez recibida la solicitud de cancelación, el 28 de Abril de 2010, procedió a publicar en el periódico “El Caribe” el texto de la resolución No. CDR-RD-SG-068-2010, sobre la solicitud de la aplicación de medidas provisionales interpuesta por la empresa solicitante.
 
[1] Peso dominicano o peso oro.
 
 

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