Producto: Gránulos de poliéster arnite (Pet) para usos plásticos, originarios de países OMC y NO OMC, correspondientes a la subpartida arancelaria 39.07.60.00.00. Nombre técnico: Politereftalato de etileno.

Peticionario: Enka de Colombia S.A.

Expediente: SA – 999 – 001 - 018

Recepción de Conformidad: Oficio 2- 2001-01098 S del 12 de enero de 2001 de MINCOMEX.

Apertura de Investigación

Solicitud publicada por Enka de Colombia S.A. en el periódico EL SIGLO el 15 de enero de 2001, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1407 de 1999. Para mayor información se puede consultar el aviso en referencia en la edición del diario EL SIGLO del 15 de enero o en el expediente que de esta investigación se lleva en la Subdirección de Prácticas Comerciales. Certificación de publicación presentada a MINCOMEX el 15 de enero de 2001.

Determinación Final

Mediante oficio del 18 de abril de 2001, la empresa ENKA DE COLOMBIA S.A, manifiesta que los efectos nocivos derivados de las importaciones del producto en referencia, se encontrarían superados con el cumplimiento de los términos del acuerdo suscrito y enviado al Ministerio de Comercio Exterior entre los miembros de la cadena productiva (ENKA DE COLOMBIA S.A, SCHAMALBACH LUBECA, ALUSUD DE COLOMBIA, COMPTEC, GRASYPLAST, IBERPLAST, GASEOSAS LUX Y POSTOBON S.A.) y por tanto no se requeriría la adopción de una salvaguardia arancelaria para los gránulos de poliéster PET (ARNITE), clasificados por la subpartida arancelaria 39.07.60.00.00

Expediente Público

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   Tomo 2

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