Filamentos Sintéticos

Investigación por salvaguardia

Estado: Investigación en curso
Producto: Subpartidas Arancelarias: 5402.19.90.00,  5402.31.00.00, 5402.33.00.00, 5402.45.00.00, 5402.47.00.00, 5402.51.00.00, 5402.52.00.00, 5402.61.00.00  y  5607.50.00.00, Filamentos sintéticos.
Peticionarios: Andi.
Expediente: SA-01-58
Norma Legal: Decreto 1407 de 1999.

Recepción de Conformidad:

El 5 de Diciembre de 2013, se recibió de conformidad la solicitud para iniciar una investigación con el fin de establecer la procedencia para implementar una medida de salvaguardia a las importaciones  Filamentos sintéticos correspondiente a las subpartidas arancelarias 5402.19.90.00,  5402.31.00.00, 5402.33.00.00, 5402.45.00.00, 5402.47.00.00, 5402.51.00.00, 5402.52.00.00, 5402.61.00.00  y  5607.50.00.00.

Publicación de la solicitud:

El 19 de Diciembre de 2013, en el periódico La Republica, La ANDI Publicó la solicitud de inicio de la investigación para una medida de salvaguardia a las importaciones Filamentos sintéticos   correspondiente a las subpartidas arancelarias 5402.19.90.00,  5402.31.00.00, 5402.33.00.00, 5402.45.00.00, 5402.47.00.00, 5402.51.00.00, 5402.52.00.00, 5402.61.00.00  y  5607.50.00.00.

Derecho de Contradicción:

Los términos procesales que se encuentran corriendo por las investigaciones y demás actuaciones que se surten en la Subdirección de Prácticas Comerciales se suspenden durante  los días 24, 30 y 31 de diciembre de 2013 y 2 y 3 de enero de 2014.
Las partes interesadas podrán presentar su posición frente a la solicitud dentro del término de 10 días, siguientes a la fecha de la publicación del aviso público, la cual es hasta el 14 de Enero de 2013.

Respuesta a Derechos de Petición

La Subdirección de Prácticas comerciales del  Ministerio de Comercio, Industria y Turismo se permite publicar la respuesta a los derechos de petición radicados, debido a que los peticionarios no registraron dirección para ser notificados de la respuesta de sus derechos de petición.  De igual manera, se fijó en la cartelera de la Subdirección de Prácticas Comerciales del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Oficio de respuesta

Determinación Final

El Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Comité Triple A) en su sesiones 278 del 27 de octubre de 2014, tras llevar a cabo la evaluación del informe técnico presentado por la Subdirección de Prácticas Comerciales, recomendó no aplicar la medida de salvaguardia, por cuanto no encontró mérito para la imposición de la medida de salvaguardia solicitada.

A su vez, el Consejo Superior de Comercio Exterior en sesión 096 del 18 de marzo de 2015, instruyó al Comité Triple A, el comunicar a las partes dichas negativas.

Expediente Público

Tomo 1
Tomo 2
Tomo 3
Tomo 4
Tomo 5
Tomo 6
 

Aliados estratégicos